• Mié. Nov 20th, 2024

Senado modifica ley que prohíbe uso hookah en lugares públicos y privados

Porcivcmultimedios

Jul 17, 2024

En su artículo 3, el proyecto establece que “se prohíbe el uso de la hookah en lugares cerrados bajo techo, de uso colectivo públicos y privados.

SANTO DOMINGO, RD- El Senado de la República aprobó en primera lectura, el proyecto de ley que modifica el artículo 3, de la Ley 16-19, que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados a los fines de prevenir enfermedades y proteger el medio ambiente.

La iniciativa presentada por el senador de La Altagracia, Virgilio Cedano, tiene por objetivo ampliar el radio de prohibición para el uso de estos dispositivos.

En su artículo 3, el proyecto establece que “se prohíbe el uso de la hookah en lugares cerrados bajo techo, de uso colectivo públicos y privados; los vehículos destinados al transporte de pasajeros; plazas y parques; estadios y centros deportivos; así como otros lugares donde se aglomeren personas con fines recreativos o deportivos.

En el considerando tercero, el proyecto contempla que el humo de la hookah contiene sustancias tóxicas como monóxido de carbono, metales pesados, hidrocarburos aromáticos policíclicos, entre otros, que afectan considerablemente la salud de las personas vulnerables y con condiciones respiratorias que se encuentran compartiendo en lugares abiertos de recreo, diversión y esparcimiento, como es el caso de adultos mayores, mujeres embarazadas y niños que debido al uso de la hookah por fumadores cercanos se convierten en inhaladores pasivos.
Contrataciones Públicas

Los senadores sancionaron en primera lectura el proyecto de ley general de Contrataciones Públicas, cuyo objetivo es establecer el régimen jurídico general de la contratación pública, mediante la determinación de los órganos, principios, procedimientos y reglas que se aplican, con la finalidad de garantizar una eficiente utilización de los fondos públicos.

La iniciativa de Faride Raful fundamenta su propósito principal en fortalecer la facultad regulatoria del organismo rector, además de extender el alcance, capacidad de los controles para obtener una máxima transparencia y amplía la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República, además de reformar su estructura interna. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *